FRONTERAS MARÍTIMAS Y TERRESTRES DE COLOMBIA.
Con el objetivo de engrandecer el conocimiento de todos los colombianos, la revista a Timonera realiza en esta entrega los mapas y datos de las fronteras tanto terrestres como marítimas del país, así como los datos mas relevantes de cada una de ellas, esperando que sean de beneficio, conocimiento, aprendizaje y divulgación. (Imagenes por: Jairo Munard Diaz)
FRONTERA: TERRESTRE
EXTENCIÓN: 2.219 Km .
TRATADO:
*Real Cédula 1777
*Disolución de la Gran
Colombia. 1830
*Michelena-Pombo. 1833
*Laudo Español. 16 de Marzo
de 1891
*Arbitramento Suizo. 24 de
Marzo de 1922
*López de Mesa / Gil Borges. 5
de Abril de 1942
PUNTOS
DE REFERENCIA:
Castilletes
(Guajira). Isla San José, en frente de la Piedra del Cocuy (Guainía)
DEPARTAMENTOS FRONTERISOS:
Guajira. Cesar. Nte de
Santander. Boyacá. Arauca. Vichada. Guainía.
RÍOS FRONTERISOS:
Río de Oro. Río Catatumbo. Quebrada
San Pedro. Río Táchira. Río Nula. Río Arauca. Río Meta. Río Orinoco. Río Negro
OBSERVACIONES:
FRONTERA: MARÍTIMA
OBSERVACIONES:
FRONTERA: TERRESTRE
EXTENCIÓN: 1.645 Km.
TRATADO:
*Vásquez Cobo / Martins. 24 de Abril de 1907
*García Ortiz / Mangabeira. 15 de Noviembre
de 1928
PUNTOS
DE REFERENCIA:
Isla
San José, en frente de la Piedra del Cocuy (Guainía). Confluencia de la
quebrada San Antonio con el río Amazonas.
DEPARTAMENTOS FRONTERISOS:
Guainía. Vaupés. Amazonas.
RÍOS FRONTERISOS:
Río Mecacuní. Río Memachi. Río
Cuararí. Río Yarí. Río Isana. Río Querarí. Río Vaupés. Río Tequié. Río Papurí. Río
Taira. Río Putumayo. Río Puré. Río Apaporis Río Caquetá. Río Amazonas.
OBSERVACIONES:
FRONTERA: TERRESTRE
EXTENCIÓN: 1.626 Km.
TRATADO:
*Salomón-Lozano. 24 de marzo de 1922.
*Urdaneta-Valencia-Cano y Martua Belande-Ulloa. 24 de
mayo de 1934.
PUNTOS
DE REFERENCIA:
Quebrada
de San Antonio. Desembocadura del Río Güepí en el Río Putumayo.
DEPARTAMENTOS FRONTERISOS:
Guainía. Vaupés. Amazonas.
RÍOS FRONTERISOS:
Río
Güepí. Río Putumayo. Río Yaguas. Río Atacuari. Río Amazonas.
OBSERVACIONES:
FRONTERA: TERRESTRE
EXTENCIÓN: 586 Km .
TRATADO:
*Tratado de Pasto. 30 de
mayo de 1833.
*Tratado de Pasto. 9 de
julio de 1856.
* Muñoz Vernaza-Suárez. 15 de julio de 1916.
PUNTOS
DE REFERENCIA:
Río
Güepí. Desembocadura del río Mataje en el océano Pacífico.
DEPARTAMENTOS FRONTERISOS:
Putumayo. Nariño.
RÍOS FRONTERISOS:
Quebrada
Yarumal. Río Mira. San Juan. Arroyo Aguahedionda. Río Carchi. Río Teques. Río
Pun. Quebrada Chanquer. Río San Miguel. Río Cuhimbe. Río Putumayo. Río Güepí.
OBSERVACIONES: La frontera consta de 2 tramos.
FRONTERA: MARITIMA.
EXTENCIÓN: 586 Km .
TRATADO:
*Indalecio Liévano Aguirre-Antonio José Lucio Paredes. 23 de
agosto de 1975.
*Tratado de Pasto. 9 de
julio de 1856.
* Muñoz Vernaza-Suárez. 15 de julio de 1916.
PUNTOS
DE REFERENCIA:
Bahía Ancón
de Sardinas.
OBSERVACIONES:
Más allá de las 12 millas náuticas, se
considera el área ubicada a 10
millas náuticas alrededor de este límite como Zona
de Manejo Especial, donde pescadores de ambos países pueden pescar o cazar
libremente sin considerar por ello violación a la soberanía de las naciones.
Según este tratado, el punto donde estas 200 millas terminarían
se encuentra aproximadamente en el meridiano 82º 17', sin embargo debido a las 200 millas generadas por
la Isla de Malpelo estas coordenadas se ubicarían actualmente un poco
más al oeste del meridiano 85º.
Se trato como Convenio y delimita las Áreas
Marinas y Submarinas y la Cooperación Marítima entre los dos países. Se firmo
en Quito,el 23 de agosto de 1975, fue aprobado por el Congreso de Colombia
mediante Ley 32 de 1975. Se canjearon los Instrumentos de Ratificación en
Bogotá, el 22 de diciembre de 1975.
En el Convenio se señala como límite la línea
del paralelo geográfico que corta el punto en que la frontera internacional
terrestre de Ecuador y Colombia llega al mar, por el Tratado Suárez-Muñoz
Vernaza de 1916, ese punto es "la boca del río Mataje, en el Océano
Pacífico".
Se determina una zona especial en la que la
presencia accidental de embarcaciones de pesca artesanal no se considera
violación de la frontera marítima. Se establece el derecho de cada país a
ejercer su soberanía, jurisdicción y vigilancia en las áreas marinas y submarinas
adyacentes a sus costas hasta la distancia de 200 millas .
En el Convenio los países se comprometen a
desarrollar la más amplia cooperación para la protección de los recursos
naturales renovables y no renovables que se encuentren en las áreas marinas y
submarinas sujetas a su soberanía, jurisdicción o vigilancia. Se propicia el
desenvolvimiento expedito de la navegación internacional en los mares sometidos
a la soberanía o jurisdicción de cada Estado.
En el Convenio los países se
comprometen a facilitar el desarrollo de las actividades de exploración y
utilización de los recursos vivos de sus respectivas zonas jurisdiccionales
marítimas. Igualmente se prevé la coordinación en materia de concesión de
matrículas y permisos de pesca y la cooperación en materia de conservación de
las especies que se desplazan más allá de las respectivas zonas marítimas
jurisdiccionales.
Línea del paralelo geográfico que corta el
punto en que la frontera terrestre hasta llegar al mar.
Establece una zona especial de 10 millas para
embarcaciones de pesca.
Medidas
de conservación especiales.
FRONTERA: MARITIMA.
EXTENCIÓN:
TRATADO:
* Facio-Fernández.
17 de marzo de 1977.
* Lloreda-Gutiérrez . 6 de abril de 1984.
*
PUNTOS
DE REFERENCIA: Isla Malpelo
OBSERVACIONES: La frontera consta de 2 tramos.
En el mar Caribe. Sobre Delimitación de Áreas Marinas y Submarinas y Cooperación Marítima
en el Mar Caribe. Se firmo en San José, el 17 de marzo de 1977. Fue aprobado
por el Congreso de Colombia por Ley 8 de 1978. El Tratado no ha sido aprobado
por la Asamblea Legislativa de Costa Rica.
En el mar de Balboa. Delimita áreas marinas
y submarinas entre la isla colombiana de Malpelo y la isla del Coco
perteneciente a Costa Rica. Este Tratado es adicional al firmado en la ciudad
de San José, el 17 de Marzo de 1977 para el Mar Caribe.
Se suscribió en Bogotá, el 6 de abril de 1984. Fue
aprobado por el Congreso de Colombia mediante Ley 54 de 1985. El Tratado no ha
sido aprobado por la Asamblea Legislativa de Costa Rica. Delimita espacios
marítimos mediante la línea media entre la isla de Malpelo (Col) y la isla del
Coco (CR)
El Tratado
no ha sido aprobado por la Asamblea Legislativa de Costa Rica. (http://sogeocol.edu.co )
FRONTERA: TERRESTRE
EXTENCIÓN: 266 Km.
TRATADO:
* Thomson-Urrutia. 6 de abril de 1914.
* Vélez-Victoria. 20 de agosto de 1924.
*
PUNTOS
DE REFERENCIA: Puntas Cocalito y
Ardita, en el Mar de Balboa. Cabo Tiburón en el Mar Caribe.
DEPARTAMENTOS FRONTERISOS: Choco.
RÍOS FRONTERISOS:
OBSERVACIONES:
FRONTERA: MARITIMA.
EXTENCIÓN:
TRATADO:
* Liévano
Aguirre-Aquilino Boyd. 20 de noviembre de 1976.
PUNTOS
DE REFERENCIA: Isla Malpelo
OBSERVACIONES: La frontera consta de 2 tramos.
En el
caribe. Se firmo en
Cartagena, el 20 de noviembre de 1976. Fue aprobado por el Congreso de Colombia
por Ley 4 de 1977. Se canjearon los instrumentos de Ratificación en Panamá, el
30 de noviembre de 1977.
En el
Tratado se señala como límite entre las respectivas áreas marinas y submarinas
de los dos países, la línea media cuyos puntos sean todos equidistantes de los
puntos más próximos de las líneas de base desde donde se mide la anchura del
mar territorial de cada Estado, desde el punto en que la frontera internacional
terrestre llega al mar en el Cabo Tiburón. Colombia reconoce la condición de la
bahía histórica al golfo de Panamá.
En el mar de Balboa. La frontera va por la línea media
cuyos puntos sean todos equidistantes de los puntos más próximos de las líneas
de base desde donde se mide la anchura del mar territorial de cada Estado,
desde el punto en que la frontera internacional terrestre llega al mar en Punta
Ardita.
En este
Tratado Colombia reconoce a Panamá el carácter de Bahía Histórica del Gran
Golfo de Panamá y los dos países manifiestan la decisión de cooperar en
materias relacionadas con las especies que se desplazan más allá de sus
respectivas áreas marinas y en la prevención y control de la contaminación
marina.
Se
delimita utilizando el principio de la línea media y equidistancia. Cooperación
para el control de la contaminación marítima y para la preservación del medio
ambiente. (http://sogeocol.edu.co )
FRONTERA: MARITIMA.
EXTENCIÓN:
TRATADO:
* Esguerra-Bárcenas.
24 de marzo de 1928.
PUNTOS
DE REFERENCIA: San Andrés. Providencia.(Cayos
Serranilla, Bajo Nuevo, Serrana, Quitasueño, Roncador, Sureste, Alburquerque)
OBSERVACIONES:
Por medio de éste Colombia
reconocía la Costa de Mosquitos e islas adyacentes como propiedad
nicaragüense, mientras que Nicaragua reconocía la soberanía colombiana sobre
el Archipiélago de San Andrés y Providencia, todas ellas cedidas
al Virreinato de Nueva Granada (antecesora de la actuales repúblicas
de Colombia, Ecuador y Panamá) por medio de la Real Cédula de 1803.
El problema con
éste acuerdo es que durante la época que se firmó no existía aún el
denominado derecho del mar, por lo que Nicaragua a partir de la
década de 1980 declaró nulo tal tratado, alegando que era una violación a su
soberanía y que en aquella época estaba ocupada militarmente por
los Estados Unidos. Así mismo comenzó a reclamar como propios los
cayos Roncador, Quitasueño y Serrana, que en dicho año
estaba en litigio entre Colombia y los Estados Unidos y no estaban incluidos en
el Tratado de 1928.
A partir de la declaración de nulidad del
Tratado por parte de Nicaragua, ambos países han tenido diferentes roces
diplomáticos a raíz del hecho. El más importante ha sido que el gobierno de
Nicaragua llevó el caso ante la Corte Internacional de Justicia de La
Haya el 6 de diciembre de 2001. Colombia consideró la anulación
del Tratado como un acto unilateral y por ende violatorio de la legislación
internacional, presentando su apelación ante la Corte.
La CIJ
falló el 13 de diciembre de 2007, declarando que si bien el
Tratado Esguerra-Bárcenas si aclaró la soberanía de Colombia sobre el
archipiélago de San Andrés y Providencia, no hizo lo propio sobre los cayos de
Roncador, Serrana y Quitasueño y no resolvió el límite entre las áreas marinas
y submarinas entre ambos países
.

FRONTERA: MARITIMA.
EXTENCIÓN:
TRATADO:
* Ramírez
Ocampo-López Contreras. 2 de agosto de 1986.
PUNTOS
DE REFERENCIA: Meridiano 82. Intersección
con el paralelo 14 58' 00
OBSERVACIONES:
Establece las Áreas Marinas y Submarinas. Se firmó en
San Andrés, Colombia, el 2 de agosto de 1986. Este tratado aún no ha sido
aprobado por los respectivos Congresos de Colombia y Honduras.
La línea limítrofe entre Colombia y Honduras parte del
meridiano 82 en su intersección con el paralelo 14 58' 00” . La línea de frontera
continúa en dirección Este por el citado meridiano hasta la altura del cayo
colombiano de Serranilla, desde donde toma una dirección Norte haciendo un arco
de semicírculo para continuar en dirección Este, donde empata con el territorio
delimitado en el Tratado entre Colombia y Jamaica.
FRONTERA: MARITIMA.
EXTENCIÓN:
TRATADO:
* Sanín-Robertson.
12 de noviembre de 1993.
PUNTOS
DE REFERENCIA:
OBSERVACIONES:
La frontera consta de 2 secciones.
Una que va desde donde termina el límite marino con
Honduras y de éste hasta el límite con
Haití. La primera sección enmarca una
zona de administración conjunta, control, exploración y explotación de los
recursos vivos, llamada Área de Régimen Común.
Firmado en Kingston, el 12 de noviembre de 1993. Se
canjearon los instrumentos de ratificación el 14 de marzo de 1994 en Bogotá.
Fue aprobado mediante Ley 9 del 10 de diciembre de l993. Se establece una Zona
de Administración Conjunta para el control, exploración y extracción de los
recursos vivos y no vivos que se denomina "Área de Régimen Común".
Las partes pueden llevar a cabo las siguientes
actividades: 1. Exploración del área; 2. Uso económico de los recursos
naturales, vivos y no vivos de las aguas supradyacentes al lecho y del lecho al
subsuelo del mar; 3. Otras actividades para la exploración y uso del área del
Régimen Común; 4. El establecimiento y uso de las islas artificiales,
instalaciones y estructuras; 5. La investigación científica marina; 6. La
protección y preservación del medio marino y 7. La Conservación de los Recursos
Vivos. Con el perfeccionamiento de este Tratado se reconoció otra vez la
presencia colombiana en el Mar Caribe, derivada de la posesión sobre el Archipiélago de San Andrés y Providencia, porque
el Tratado no solo delimita la parte continental sino la parte insular de
nuestro país con esa nación caribeña.
Antecedentes:
Acuerdo pesquero de 1982.
Explotación proporcional de yacimientos
de gas o hidrocarburos que se encuentren en la línea fronteriza.
Establecimiento de un área de régimen común excluyendo el mar territorial de
Serranilla y Bajo Nuevo. Creación de una comisión conjunta para la
administración, exploración y explotación de los recursos del área de régimen
común. (http://sogeocol.edu.co )
FRONTERA: MARITIMA.
EXTENCIÓN:
TRATADO:
* Indalecio
Liévano Aguirre-Edner Brutus. 17 de febrero de 1978.
PUNTOS
DE REFERENCIA:
OBSERVACIONES:
Delimita la Frontera Marítima.
Se firmó en Puerto Príncipe, el 17 de febrero de 1978.
Fue aprobado por el Congreso de Colombia mediante Ley 12 en el mismo año. Y se
canjearon los instrumentos de ratificación en Bogotá, el 16 de febrero de 1979.
La delimitación de las Áreas Marinas y Submarinas de
Colombia y la Zona Marítima Económica Exclusiva y la Plataforma Continental de
Haití, está determinada por una línea media cuyos puntos son equidistantes de
los puntos más próximos de las líneas de base, a partir de las cuales se mide
la anchura del mar territorial de cada Estado.
En el
tratado se conviene en cooperar en las materias relacionadas con la
contaminación del medio marino y con la protección de las especies migratorias.
Se delimita mediante el principio de la Línea Media. Compromiso de cooperar en
la reducción, control y preservación del medio submarino y especies que se
desplazan más allá de las respectivas zonas marinas. (http://sogeocol.edu.co )
FRONTERA: MARITIMA.
EXTENCIÓN:
TRATADO:
* Liévano-Jiménez.
13 de enero de 1978.
PUNTOS
DE REFERENCIA:
OBSERVACIONES:
Este acuerdo establece la existencia de una Zona de Investigación Científica y
Explotación Pesquera Común. Delimitación
de Áreas marinas y Cooperación Marítima., firmado en Santo Domingo, el 13 de enero de 1978. y aprobado por el
Congreso el mismo año con la Ley 38. Se hizo la ratificación Canjeado los
Instrumentos en Bogotá, el 15 de Febrero de 1979.
En el
acuerdo se establece una Zona de Investigación Científica y Explotación
Pesquera Común, así como también el compromiso de cooperar en lo relacionado
con el control, la reducción y la prevención de la contaminación del medio
marino. Así mismo se establece la coordinación en las medidas de conservación
de las especies que se desplazan más allá de las respectivas zonas marítimas.
Se delimita mediante el principio de la Línea Media. Establece zona de
investigación científica y explotación pesquera común. Compromiso de cooperar en la reducción,
control y preservación del medio submarino y especies que se desplazan más allá
de las respectivas zonas marinas. (http://sogeocol.edu.co )
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ResponderEliminarbuenisimo muchas gracias me ayudaste en mi tarea :)
ResponderEliminarquien me manda fotos de porno
EliminarTu pvta madre :v xdxdxd
EliminarMarica
Eliminarme ayudo en mi tarea
ResponderEliminarsu puta madre no me ayudo en nada necesitaba las extenciones y no las tiene trolazos
ResponderEliminarPues amí si me ayudo agradece
Eliminarpues entonces no consulte en esta pagina y ya fastidioso hp busque entonces en otro lado si no le sirve jodaseeeee
Eliminarme ayudo muchop grasias
ResponderEliminargracias me ayudaron mucho
ResponderEliminarGracias me ayudo mucho
ResponderEliminarGracias me ayudo mucho
ResponderEliminarWakala esos sin las extensiones ASCO
ResponderEliminarAsco X2
Eliminarascox4 por q aqui estamos mis amigas locas y yo buscando la hp tarea
EliminarValla busque en otro hp lado
EliminarBai prra
me duele la mano pero me ayudo mucho en la tarea ya que se que voy hacer la que saque 5.0 porque era para mañana en clase
ResponderEliminarjkxojcudksdhducdsbxbnbvxca
EliminarxD
ResponderEliminargracias me sirvió mucho
ResponderEliminargracias me sirvió mucho
ResponderEliminarjej jdhdiuwwisdmx xiklsocdunsxkhij asujsv sihbiisdddjsudx xunciuix s bdjxgxv nxh cdniiruuff jhyuejudhbcb di hujb cdighdihxuhxui cujhhybujy bhgdiih usgshu vutdu sushdn cdj ih shsbusgdusuynxnbxihxoxo shs vjghxi jhd ssh xixbxi8 bu b sihoued jiiudndj jbhiohd kddibkkkdkihiioudniu cjhix iknhisyb
EliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarmmmmmmmmmmmmmmmmm
ResponderEliminargracias me ayudo mucho :}
ResponderEliminaryo nesesito los fronteras maritimmmmmmmmmmmasssssssssssss
ResponderEliminaryo nesesito los fronteras maritimmmmmmmmmmmasssssssssssss
ResponderEliminarYo tambien
Eliminarooislodidmskjnmd coudldjhjisgywd odho9dkld c uc bdkdgd djdmjgisowdhihyud njkjfi bcjkd l d
Eliminargracias me ayudo en mi tarea de geografia
ResponderEliminarGracias, nos ayudó en la consulta
ResponderEliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarY las extensiones para cuando también se las necesita
ResponderEliminargracias me aydo para mi tarea
ResponderEliminarsos un crack
pero madre mia guilli grax crack fiera numero 1 campeon gorila champion maximus dios de dioses puto amo
ResponderEliminarque mal
ResponderEliminarGRACIAS ME AYUDO MUCHO
ResponderEliminarhay estan tranbolico
ResponderEliminarGRACIAS PARA MI HIJO FUE DE GRAN AYUDA. SE SACÓ UN 5.
ResponderEliminarquiero dar un consejo que sea mas especificos porfa
ResponderEliminarok
EliminarMucho nerd vos.
ResponderEliminarVerdad
EliminarNo entindo
ResponderEliminarFronteras terrestre y maristimas de nuestro pais
ResponderEliminarme ayudo mucho:)
ResponderEliminarpor fa necesito solo el croquis con las fronteras
ResponderEliminarestupido no me ayuda en nada
ResponderEliminarmalparido no me ayuda en nada
ResponderEliminarMUCHAS GRACIAS ME SIRVIO MUCHISIMO
ResponderEliminarGracias por ayudarme en todo porque me sirvió muchísimo les agradezco por todo
ResponderEliminarMuchas gracias me ayudó mucho
ResponderEliminarHuekwssss a culo
ResponderEliminar